El próximo martes 5 de marzo comienzan el año escolar en gran parte de las regiones del país

Este 5 de marzo comienzan las clases y parte Año Escolar 2019,  para estudiantes de educación Parvularia, Especial, Básica y Media; “será un año escolar intenso y lleno de actividades”, aseguró el Secretario Regional Ministerial de Educación de la Región de Los Ríos. Tomas Mandiola Lagos.

Profesores, docentes y asistente de la educación comienzan sus labores generalmente una semana antes que los estudiantes, mientras que los padres y apoderados ya están desde hace días pensando de como cumplir con todas las exigencias que implican el retorno a clases de sus pupilos; lista de útiles escolares, trasporte escolar  y los famosos uniformes, entre otros

LAS LEY GENERAL DE EDUCACIÓN 20.370 ESTABLECE LOS SIGUIENTE

Artículo 1º.- La presente ley regula los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad educativa; fija los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de educación parvularia, básica y media; regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento, y establece los requisitos y el proceso para el reconocimiento oficial de los establecimientos e instituciones educacionales de todo nivel, con el objetivo de tener un sistema educativo caracterizado por la equidad y calidad de su servicio.

En ese contexto el Ministerio de Educación y la Superintendencia de Educación tienen el deber de promover, informar y fiscalizar que se cumplan una serie de derechos de la comunidad escolar en estas materias.

TENGA PRESENTE.—

Al momento de recibir los listados de artículos escolares, los colegios no pueden exigir marcas específicas ni un local determinado donde adquirirlos. En este sentido, tienen el derecho de elegir libremente el uniforme y los artículos que les acomode acuerdo a sus ingresos económicos.

Los establecimientos educacionales -según la normativa- pueden sugerir material complementario, pero en ningún caso, esto se puede transformar en una exigencia para los padres y apoderados.

Los establecimientos no pueden obligar o inducir a los padres y apoderados a la compra de determinadas marcas y tampoco pueden incluir en las listas materiales de oficina, aseo o de higiene, tales como: jabón, resmas de hojas, detergentes, cera, toalla nova, etcétera; puesto que éstos se financian con la subvención del Estado. Recursos económicos que entrega el ministerio de educación a todos los establecimientos educacionales, incluidos establecimientos educacionales particulares subvencionados que hoy en su mayoría están bajo la modalidad de fundación.

El derecho a la educación nunca puede ser limitado por no contar con determinados materiales o uniforme incompleto; sin embargo, hay que aclarar que el uniforme forma parte de las decisiones de cada establecimiento y, si bien, puede ser una exigencia, no puede ser motivo para prohibirle al alumno participar en el proceso educativo.

Si existe un motivo por el cual no puede usar uniforme, o solo parte de él, acérquese al director de la institución y él podrá eximirlo por un tiempo determinado. Es importante cotizar los precios y comparar en el lugar que sea más conveniente, no es obligación una tienda o proveedor específico. Las decisiones sobre el tipo y uso del mismo, se deben tomar con la comunidad escolar, procurando siempre el más asequible.

Ante eventuales irregularidades, los afectados deben exponer la situación ante el colegio agotando todas las instancias internas y, si no son escuchados, pueden hacer las denuncias respectivas ante la Superintendencia de Educación de forma presencial en la ciudad de Valdivia en calle Arauco 371 o a través del sitio web  www.supereduc.cl. Donde se desplegara un formulario para realizar la denuncia.